Eméritos y Honoris Causa

Como resultado de la Modificación de los Estatutos del CAR SAR, a partir del año 2011, el colegio inviste el grado Emérito y otorga la Membrecía Honoris Causa en marzo de los años Impares.

Fundamentación y Motivación

Artículo décimo cuarto. De los requisitos para ser acreedor al Grado de Emérito.

 Se otorgará el grado de Emérito a cualquier Miembro de Número con derechos vigentes que cumpla con los siguientes requisitos:

  1. Ser Miembro de Número con derechos vigentes;
  2. Cuando haya alcanzado 20 años de ser Miembro de Número al corriente de sus obligaciones y cumplimiento de sus deberes, o cuando haya ocupado el cargo de Presidente del Consejo Directivo o de la Junta de Honor y cuando así lo determine la Asamblea General. Los Miembros de Número con grado Eméritos, quedarán exentos sólo del pago de las cuotas ordinarias más no de las otras cuotas mencionadas en el Artículo sexagésimo segundo;
  3. El Consejo Directivo propondrá hasta dos Miembros de Número que sean candidatos a obtener el grado de Emérito por la Asamblea General del mes de Diciembre en los años pares;
  4. El Consejo Directivo podrá declarar desierta la promoción por falta de Miembros de Número que cumplan con los requisitos;
  5. La Asamblea General por mayoría simple de votos aprobará o rechazara cada candidatura al grado de Emérito presentada por el Consejo Directivo;
  6. En caso de que la Asamblea General apruebe otorgar el grado de Emérito a algún candidato, la investidura será en la Asamblea General en Sesión Solemne del mes de marzo de los años impares.

 

Artículo décimo quinto. De los requisitos para ser Miembro de Honoris Causa.

 Será Miembro Honoris Causa, cualquier persona que cumpla con los siguientes requisitos:

 Miembro Honoris Causa es una locución latina cuyo significado es «por causa de honor», una cualidad que conduce a uno al cumplimiento de sus deberes, respeto a sus semejantes y a sí mismo, es la buena reputación que sigue a la virtud, al mérito o a las acciones de servicio, las cuales trascienden a las familias, personas, instituciones y las acciones mismas que se reconocen. Es un alto honor para personas de testimonio social, reconocido e intachable;

  1. La distinción Honoris Causa es un reconocimiento y una manifestación de admiración de El Colegio a personalidades nacionales e internacionales, que por su trayectoria en Reynosa o fuera de ella, en campos relacionados con la arquitectura, el urbanismo, las bellas artes, las ciencias sociales, el medio ambiente y la investigación científica, representan modelos de vida meritorios para los Miembros de Número y, en general, para la comunidad reynosense;
  2. Los candidatos deben cumplir en forma sobresaliente con los principios que sustentan la misión de El Colegio, es decir que deben ser individuos éticos y críticos, con responsabilidad social y cívica;
  3. No tener título de Arquitecto;
  4. La Junta de Honor propondrá a la Asamblea General Ordinaria del mes de Diciembre en los años pares a la persona que cumpliendo con los requisitos sea candidato para ser Miembro Honoris Causa;
  5. La Junta de Honor podrá declarar desierta la promoción por falta de personalidades que cumplan con los requisitos;
  6. La Asamblea General por mayoría simple de votos aprobará o rechazara la candidatura presentada por la Junta de Honor;
  7. En caso de que la Asamblea General apruebe la Membrecía del Miembro Honoris Causa ésta se conferirá en la Asamblea General en Sesión Solemne del mes de marzo de los años impares.

 

2015

Membrecía Honoris Causa 2015 DON MANUEL GARZA GONZALEZ

Investidura Grado Emérito 2015 ARQ. JOSÉ VÁZQUEZ SOLIS (+) y al ARQ. REYNALDO LUIS HERNANDEZ (+)

 

2013

Membrecía Honoris Causa 2013 C. Donato Palacios Sáenz (+)

Investidura Grado Emérito 2015 Arq. Pedro Norberto Ordóñez Chapa y al Arq. Noé Roel González Alanís

Patrocinadores